El juzgado de lo Social número 6 de Las Palmas ha estimado parcialmente una demanda de la Confederación de Sindicatos de Profesionales Aéreos (CSPA) contra AENA y le recuerda el derecho de los trabajadores afectados a descansar un mínimo de diez horas entre una jornada y otra. Esta sentencia es producto de una denuncia sindical presentada por CSPA después de que AENA llegara a obligar a un técnico que presta asistencia a controladores en el aeropuerto de Gran Canaria a trabajar una noche entera, salir a las ocho de la mañana y regresar nuevamente a las tres de la tarde a su puesto de trabajo, con solo 7 horas de descanso entre turno y turno. Además, el juzgado reprende a AENA por una segunda cuestión y le recuerda que tampoco puede imponer más de dos coberturas obligatorias de servicio (COS) al mes.
Al explicar su decisión, el juzgado considera un hecho probado que AENA llegó a obligar a realizar a algunos trabajadores hasta tres COS al mes y que en algún caso redujo el descanso entre jornadas a 7 horas. Los denunciantes invocaron el incumplimiento de la normativa que exige tiempos de descanso mínimos de 12 horas para el personal aeronáutico, mínimo que solo puede reducirse a 10 en casos de necesidad, y la Justicia les ha dado la razón en este punto. AENA trató de demostrar que algunos de los trabajadores que realizaron una tercera cobertura obligatoria lo habían hecho de forma voluntaria, tesis que desmontó el propio juzgado.
La Federación de Sindicatos Aeronáuticos Independientes (FSAI), que informó este jueves de esta decisión judicial, recalca en un comunicado los abusos que a su juicio comete sistemáticamente AENA con los trabajadores como consecuencia de los recortes y la negativa a contratar más personal para atender todos los turnos con eficiencia y respeto al convenio colectivo. “La empresa, carente de recursos humanos para cubrir los servicios por su negativa a llegar a un acuerdo con los representantes de los trabajadores o a contratar al personal necesario para ello, ha optado por recortar los derechos legales de los trabajadores y sus representantes con una falta total de ética laboral”, sostiene la FSAI.
La federación también reprocha duramente a AENA su “temeraria interpretación” de la Ley de Jornadas Espaciales, lo que llevó a la imposición de coberturas obligatorias y reducción de los tiempos de descanso fuera de los límites que establece la legislación. Recuerda además que la empresa también ha impedido a los representantes de los trabajadores la utilización de sus jornadas sindicales, lo que también le ha valido decisiones judiciales en su contra.
“La Dirección de Recursos Humanos sigue utilizando el camino de la confrontación para intentar resolver los numerosos problemas que afectan a nuestra empresa, camino que sólo consigue socavar la moral de los empleados, y por ello su productividad” y generar “multitud de gastos por sanciones, sin que los resultados avalen esta política de dudosa eficacia”, opina la FSAI en su comunicado.